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miércoles, 7 de mayo de 2008

Coparentalidad o adopción por Segundo Padre del mismo sexo

Los niños nacidos o adoptados por 1 miembro de una pareja del mismo sexo merecen la seguridad de 2 personas legalmente reconocidas como padres. Por lo tanto, la Academia Americana de la Pediatría apoya los esfuerzos legislativos y legales para proporcionar la posibilidad de adopción del niño por el segundo padre o co-padre de estas familias.
Razones
La coparentalidad o adopción por un segundo padre protege el derecho del niño a mantener una relación continuada con ambos padres. Los derechos legales proporcionados por la adopción co-padre cumplen con lo siguiente:
1. Garantizan que el derecho de custodia y las responsabilidades del segundo padre estén protegidos si el primer padre muere o queda incapacitado. Por otra parte, la adopción por un segundo padre protege el derecho del niño a mantener su relación con ambos padres. En ausencia de la adopción por un co-padre, los miembros de la familia del padre legal, si él o ella quedan incapacitado, pueden cuestionar con éxito los derechos del co-padre para seguir como padre al niño, causando así que el niño pierda ambos padres. 2. Protegen los derechos de custodia y de visita del segundo padre si la pareja se separa. Igualmente, el derechos del niño a mantener la relación con ambos padres después de una separación, considerado importante para mantener un resultado positivo en el caso de la separación o divorcio de padres heterosexuales, sería protegido para las familias con padres gay o lesbianas. 3. Establecen las normas para el apoyo financiero del niño por ambos padres en el caso de que se separen. 4. Aseguran la elegibilidad del niño para los beneficios de salud por ambos padres. 5. Proporcionan base legal a cada padre para dar consentimiento para el cuidado médico y la toma de decisiones en la educación, salud, y otras decisiones importantes a nombre del niño. 6. Crean una base de seguridad económica para los niños en el caso de que muera uno de los padres y asegura la elegibilidad a todos los derechos apropiados, como los beneficios de la Seguridad Social para los sobrevivientes.

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